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Normatividad CNE

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  • Tal como lo establece el artículo 7 de la resolución 330 de 2007, artículo 25 de la ley 1475 de 2011 y artículo 2 de la resolución 3097 de 2013, sin excepción alguna los candidatos son responsables de presentar ante el partido o movimiento político que los haya inscrito, el respectivo informe de ingresos y gastos de su campaña individual, dentro de la oportunidad fijada por la agrupación política, para lo cual a más tardar dentro de los (8) ocho días siguientes al debate electoral los candidatos deberán presentar el respectivo informe de ingresos y gastos de campaña en físico ante el Partido de acuerdo a lo estipulado en el numeral 4 artículo 71, Estatutos del Partido.

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