
La Ley establece medidas más efectivas para investigar y sancionar la violencia hacia los animales.
Bogotá, 26 de febrero de 2025.
Con gran satisfacción, anunciamos que la Ley Ángel, liderada por nuestra senadora Andrea Padilla, ha sido aprobada en la Cámara de Representantes. Esta ley marca un hito importante en la lucha contra el maltrato animal en Colombia, buscando actualizar el estatuto nacional de protección animal, vigente desde 1989, que establece medidas más efectivas para investigar y sancionar la violencia hacia los animales. Además, promueve acciones de sensibilización ciudadana para prevenir el maltrato animal.
Con gran satisfacción, anunciamos que la Ley Ángel, liderada por nuestra senadora Andrea Padilla, ha sido aprobada en la Cámara de Representantes. Esta ley marca un hito importante en la lucha contra el maltrato animal en Colombia, buscando actualizar el estatuto nacional de protección animal, vigente desde 1989, que establece medidas más efectivas para investigar y sancionar la violencia hacia los animales. Además, promueve acciones de sensibilización ciudadana para prevenir el maltrato animal.
Exaltamos el enorme trabajo de nuestra congresista a favor de la protección de la vida en todas sus manifestaciones, así como el apoyo de nuestra bancada en la Cámara de Representantes.
Nos unimos a las palabras de júbilo de la Senadora Padilla “¡Lo logramos, la Ley Ángel fue aprobada por unanimidad! Quien violente a un animal o quien abuse sexualmente de él, tendrá que enfrentarse a sanciones severas. Gracias a Dios, a la vida, y a tantas personas maravillosas. ¡Por los animales persisto!
Algunos de los aspectos más destacados de la ley son:
- Aumenta la pena privativa de la libertad para quien mate con dolo a un animal, quien afecte gravemente su
- integridad o quien abuse sexualmente de él. Estas penas superarán los 3 años, lo que significa que el delito ya no
- será excarcelable.
- Aumentan las multas, que ya no serán de 5 salarios mínimos mensuales, sino de 15 a 30 cuando se le causen
- lesiones graves al animal, y de 30 a 60 cuando la consecuencia sea su muerte.
- Crea nuevos agravantes, como ejercer violencia vicaria con un animal, difundir pornografía con animales o escenas
- de violencia animal, agredir a un animal en una actividad económica o mutilarlo, entre otros.
- Prohibe al condenado tener de nuevo animales, en un período que puede ser de hasta el doble de la
- pena.
- Crea un registro de personas condenadas a cargo de la Fiscalía y la Policía.
- Obliga a la Fiscalía a crear guías técnicas forenses para que cualquier médico veterinario, en cualquier municipio
- del país, pueda dar un dictamen pericial que sirva de prueba (hoy muchos procesos no prosperan por esta falta de
- soporte técnico).
- Exige la creación de una ruta nacional de atención al maltrato animal que llegue a todos los municipios del país, y de
- una ruta para la atención de animales víctimas del conflicto armado.
- Crea un procedimiento sancionatorio para la atención de casos de maltrato animal que no constituyan delito, que
- permita procesos y sanciones ágiles.
- Sanciona el abandono.
- Hace obligatoria la capacitación y sensibilización de fiscales, jueces, inspectores de policía y personeros
- municipales y distritales.
- Habilita la posibilidad de quien cometa maltrato leve pueda cumplir su sanción asistiendo a un curso sobre
- protección animal.